SOCIEDAD PROTECTORA DE ANIMALES Y PLANTAS DEL PARAGUAY
Con Personería Jurídica aprobada por dto.
9178/53
PAG WEB:
www.spappy.blogspot.com - Cta.Cte INTERBANCO Nro. 00075446/2
LOS ANIMALES SIENTEN TEMOR, AMOR Y DOLOR COMO NOSOTROS, POR
FAVOR NO LOS MALTRATE, NO LOS MATE. AYUDELOS ELLOS
FORMAN PARTE DE ESTE MUNDO, NO PIENSE QUE LA PERRERA ES LA SOLUCION,
LA TENENCIA DE MASCOTAS RESPONSABLES ES LO QUE LA CIUDADANIA TIENE QUE
PRACTICAR Y RESPETAR. INSTRUYASE
!!
“La civilización de un
pueblo se mide por el trato que dan a los animales: Leonardo Da Vinci
LOS ANIMALES FUERON IGNORADOS EN LOS FESTEJOS DEL BICENTENARIO, PESE
A NUESTROS PEDIDOS DE SANITACIONES POPULARES GRATUITAS, LA CUAL DEMUESTRA LA FALTA DE HUMANIDAD Y CIVILIZACION DE LAS
AUTORIDADES.
A U T O R
I Z A C I O N
Por la presente autorizo a las DRAS.VETERINARIAS
GLADYS FLORENTIN con C.I. Nro.
1.119.758 y Registro Profesional Nro. 1007,
propietaria de la Veterinaria PATAS Y HOCICOS,
y a la DRA. MARIA ANGELICA ANGELONI con C.I. Nro, 911.579 y Registro Profesional Nro. 1095 propietaria de la
CLINICA PERGAT a presentarse indistintamente juntas o por separado como
VEEDORAS PROFESIONALES de LA
SOCIEDAD PROTECTORA DE ANIMALES Y PLANTAS DEL PARAGUAY, de las eutanasias humanitarias a
practicarse en Caacupé mí, Aregua, el
día 5 de Diciembre de 2013 acompañando al equipo de Profesionales del C.A,N.
Las eutanasias humanitarias se practicarán con
los Barbitúricos EUTHANYLE (eutanásico para perros y gatos de uso exclusivo
veterinario) o THIOPENTAL SODICO por facultativo competente,a los animales que
posean análisis fidedignos de Positivo a la
Leishmaniasis, y que se encuentren ya en
estado clínico deplorable, no apto para
tratamiento, pero si los dueños desean un segundo análisis y desean tratar con
responsabilidad sus animales con Veterinarios responsables, y ellos, los
animales, estén en condiciones de recibir tratamiento, NO se les practicará la eutanasia y firmarán el formulario
compromiso que expedirá el CAN como Autoridad del Ministerio de Salud Pública y Bienestar
Social.
Las Profesionales están plenamente facultadas para detener
el proceso en caso de mala praxis.
Así mismo deberán presentar su informe
y el parte firmado por las mismas y las
Autoridades del CAN a la máxima autoridad de la
SOCIEDAD PROTECTORA DE ANIMALES Y PLANTAS DEL PARAGUAY en el día de los hechos.
Este acuerdo histórico - entre otros de gran
importancia que se están procesando- se
ha logrado luego de una entrevista con el Sr. Ministro de Salud Dr. Antonio
Barrios y posteriormente en una reunión
interinstitucional de Autoridades del CAN, de la OPS y la SPAPP con sus Profesionales en Derecho y Veterinaria .
La nómina completa figura en el listado de asistencia.
Para los fines que
hubiere lugar, se expide esta certificación el 5 de Diciembre de 2013 y se aclara
que este documento estará en vigencia hasta que sea revocado por la Spapp, en
cualquier otra oportunidad o lugar
que fuere necesario el acompañamiento a las Autoridades del CAN para observar y
cooperar si es necesario en el buen trato, manipuleo adecuado sin
violencia y eutanasias humanitarias, bajo las normas
citadas, en un trabajo de cooperación ad-honorem de la Spapp y sus
Profesionales.